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Artículo 1 de la Constitución Española de 1.978

1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.

2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.

3. La forma política del Estado español es la Monarquía parlamentaria.

Explicación del artículo 1 de la CE

El Artículo 1 de la Constitución Española de 1978 establece los principios fundamentales sobre los que se asienta el Estado español y su modelo de convivencia. Estos principios son tres.

En primer lugar, establece que España se organiza como un Estado social y democrático de Derecho. Esto implica que el país se rige bajo un sistema democrático, en el que los ciudadanos eligen a sus gobernantes y representantes a través del voto y hay una separación de poderes. Además, como Estado social, España garantiza el bienestar y la protección de los derechos sociales de todos sus ciudadanos, buscando siempre la justicia y la igualdad.

En segundo lugar, el artículo señala que la soberanía nacional, es decir, el poder supremo para tomar decisiones en el país, reside en el pueblo español. Esto significa que todo el poder del Estado proviene de la voluntad de sus ciudadanos, quienes tienen el derecho a participar en la vida política, por ejemplo mediante las elecciones o los referendos.

Por último, el Artículo 1 también indica que el fin último del Estado es garantizar la convivencia en libertad, justicia, igualdad y pluralismo político. Esto significa que la Constitución protege y promueve valores como la libertad de pensamiento y de expresión, el respeto a las diferencias y a la diversidad, la igualdad de oportunidades para todos, y la búsqueda continua de justicia. En resumen, este artículo sienta las bases para que España sea un país democrático, social y plural, en busca de una convivencia armónica y en respeto a los derechos y las diferencias de sus ciudadanos.


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