1. El Gobierno y cada uno de los miembros están sometidos a las interpelaciones y preguntas que se le formulen en las Cámaras. Para esta clase de debate los Reglamentos establecerán un tiempo mínimo semanal.
2. Toda interpelación podrá dar lugar a una moción en la que la Cámara manifieste su posición.
El Artículo 111 de la Constitución Española establece que tanto el Gobierno como cada uno de sus miembros están obligados a contestar a las preguntas que se les formulen en las Cámaras y a participar en los debates que se generen. Esto quiere decir que tanto el Gobierno en su conjunto como cada uno de sus miembros individualmente están sometidos al control parlamentario y deben responder a las demandas de información y explicaciones que se les planteen.
Asimismo, el artículo establece que este tipo de debate se regulará mediante los Reglamentos Parlamentarios, para garantizar su correcto funcionamiento y dar igualdad de oportunidades a todas las partes implicadas. En particular, se garantizará un tiempo mínimo semanal para este tipo de debates.
Además, este artículo también establece que cualquier interpelación puede dar lugar a una moción en la que la Cámara manifieste su posición. Es decir, las preguntas y cuestiones planteadas pueden dar lugar a la adopción de medidas o la toma de decisiones por parte del Parlamento, según su criterio y en función de lo que considere más conveniente para el interés general.
En resumen, podemos decir que el artículo 111 de la Constitución garantiza la participación y el control parlamentario sobre el Gobierno y sus miembros, y establece un marco regulatorio para los debates y preguntas que se generen en el seno de las Cámaras. Además, reconoce la capacidad de la Cámara para tomar medidas y decisiones a partir de estas interpelaciones.