índice de la Constitución Española > Título Vii > Artículo 131 de la Constitución
<< Ver Artículo 130 de la Constitución
Ver Artículo 132 de la Constitución >>

Artículo 131 de la Constitución Española de 1.978

1. El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución.

2. El Gobierno elaborará los proyectos de planificación, de acuerdo con las previsiones que le sean suministradas por las Comunidades Autónomas y el asesoramiento y colaboración de los sindicatos y otras organizaciones profesionales, empresariales y económicas. A tal fin se constituirá un Consejo, cuya composición y funciones se desarrollarán por ley.

Explicación del artículo 131 de la CE

El artículo 131 de la Constitución Española de 1978 se refiere a la planificación general de la actividad económica en España. Este artículo establece que el Estado tiene la responsabilidad de coordinar y controlar el desarrollo económico del país con el objetivo principal de garantizar un mejor reparto de los recursos y el bienestar de los ciudadanos.

Para llevar a cabo esta planificación, el Estado crea planes a corto, medio y largo plazo, que establecen las metas y objetivos que se quieren alcanzar en diferentes áreas, como el crecimiento económico, la creación de empleo, la inversión en infraestructuras o la protección del medio ambiente, por ejemplo. Estos planes son diseñados con el fin de asegurar que el crecimiento económico del país sea sostenible y equilibrado, y que todos los ciudadanos se beneficien de él.

Además, el artículo 131 también establece que, al elaborar estos planes, el Estado debe tener en cuenta tanto las iniciativas y acciones de los distintos agentes económicos (como empresas, sindicatos, organizaciones no gubernamentales), como las opiniones y necesidades de las diferentes comunidades autónomas, garantizando así que la planificación económica sea representativa y responda a las necesidades específicas de cada territorio.

En resumen, el artículo 131 destaca la importancia de la planificación económica como herramienta para que el Estado asegure un desarrollo equitativo, sostenible y que beneficie a todos los ciudadanos. Para ello, se establece la elaboración de planes que establecen metas y objetivos concretos, y se fomenta la cooperación y coordinación entre los diferentes agentes económicos y territorios involucrados en el desarrollo económico del país.


ÚLTIMO POST PUBLICADO EN NUESTRO BLOG:

Irretroactividad