1. El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.
2. Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos.
3. La riqueza de las distintas modalidades lingüísticas de España es un patrimonio cultural que será objeto de especial respeto y protección.
El artículo 3 de la Constitución Española de 1978 establece puntos clave en relación al idioma oficial y la diversidad lingüística en España. Está compuesto por tres partes, que a continuación se explican de forma sencilla y clara para facilitar su comprensión.
En primer lugar, el artículo establece que el castellano, es el idioma oficial en todo el territorio nacional. Esto significa que en asuntos oficiales y en toda interacción con las instituciones, el castellano es el idioma que todas las personas tienen derecho a emplear, y que todas las autoridades públicas tienen la obligación de conocer y utilizar.
En segundo lugar, se reconoce y protege la riqueza lingüística presente en España, debido a que existen varias comunidades autónomas con sus propios idiomas cooficiales, como el catalán, el gallego y el euskera. La Constitución garantiza que los ciudadanos de estas regiones puedan usar y recibir información en sus propias lenguas en asuntos administrativos, educativos y culturales que involucren a sus respectivas comunidades.
Por último, el artículo enfatiza la importancia de que todos los españoles conozcan y dominen el castellano, ya que es un elemento esencial para unificar y comunicarse en todo el país. Sin embargo, también destaca el deber de las instituciones públicas de garantizar el conocimiento y respeto hacia los idiomas cooficiales en sus respectivas comunidades autónomas. En este sentido, el artículo busca equilibrar la promoción de un idioma común y oficial con el respeto hacia la diversidad lingüística y cultural de España.