1. Las Cámaras funcionarán en Pleno y por Comisiones.
2. Las Cámaras podrán delegar en las Comisiones Legislativas Permanentes la aprobación de proyectos o proposiciones de ley. El Pleno podrá, no obstante, recabar en cualquier momento el debate y votación de cualquier proyecto o proposición de ley que haya sido objeto de esta delegación.
3. Quedan exceptuados de lo dispuesto en el apartado anterior la reforma constitucional, las cuestiones internacionales, las leyes orgánicas y de bases y los Presupuestos Generales del Estado.
El Artículo 75 de la Constitución Española de 1978 regula aspectos relacionados con el funcionamiento del Senado, que es una de las dos cámaras que conforman las Cortes Generales en España. Las Cortes Generales son el órgano que representa al pueblo y tienen como función principal la creación y modificación de las leyes.
En concreto, este artículo establece que el Senado puede delegar en sus comisiones la capacidad de estudiar, debatir y aprobar ciertos asuntos que le competen. Esto es importante ya que permite agilizar el trabajo del Senado al dividir la tarea de analizar temas específicos en comisiones más pequeñas y especializadas. Es decir, le da al Senado la facultad de distribuir el trabajo para tomar decisiones de manera más eficiente y rápida.
Ahora bien, para garantizar un correcto control parlamentario, el artículo también señala que existe una limitación en esta delegación. Los asuntos que sean de especial importancia, como aquellos relacionados con la modificación de la Constitución, las leyes orgánicas, las leyes internacionales, los proyectos de ley del Gobierno o las propuestas de aprobación de un referéndum, no pueden ser delegados en comisiones. Estos temas de gran relevancia deben ser debatidos y aprobados por el conjunto del Senado, asegurando así un debate amplio y un consenso que respalde las decisiones tomadas.
En resumen, el Artículo 75 permite al Senado delegar en comisiones ciertos asuntos para agilizar su funcionamiento, pero mantiene restricciones en temas de especial trascendencia para asegurar un adecuado control parlamentario y un debate amplio en la toma de decisiones.