En este artículo vamos a analizar lo que es el preámbulo de la Constitución. El Preámbulo de la Constitución Española es una introducción al texto, y como tal sólo puede exigirse que se cumpla lo que contiene en la medida que haya sido desarrollado en el resto del texto de la Constitución. Por tanto, no es obligatorio ni cabe exigir su cumplimiento.

Esta parte es una declaración de intenciones más que de una norma en sí misma.

El redactor de este Preámbulo de la Constitución Española es D. Enrique Tierno Galván que, sin ser uno de los llamados “padres de la Constitución”, plasma en estos párrafos el carácter utópico del texto y los valores que se desarrollan en la Carta Magna.

Los padres de la Constitución

Cuando hablamos de “los padres de la Constitución” nos referimos a siete personas concretas. Las elecciones del 15 de junio de 1977 fueron las primeras democráticas tras la dictadura franquista, y pese a que no fueron convocadas con el objetivo de hacer una Constitución, asumieron esa tarea para traer la democracia a España. Por primera vez desde la Segunda República teníamos un Parlamento formado por diferentes partidos políticos: un parlamento plural.

preambulo de la constitucion española

Padres de la Constitución Española

Las Cortes Generales nombraron una Comisión de Asuntos Constitucionales, para realizar el grueso de los debates de elaboración de nuestra Constitución. De esa Comisión se escogió a siete personas a los que encomendaron la tarea de redactar el proyecto y decidir de cuantos artículos tiene la constitución española.

Formalmente se denominó a ese reducido equipo de trabajo Ponencia Constitucional, pero los conocemos popularmente con el honorífico título de “los padres de la Constitución”.

Esas siete personas son y serán Gabriel Cisneros Laborda (UCD), Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón (UCD), José Pedro Pérez-Llorca Rodrigo (UCD), Manuel Fraga Iribarne (AP), Gregorio Peces-Barba Martínez (PSOE), Miquel Roca i Junyent (CiU), y Jordi Solé Turá (PCE).

No fueron los únicos en participar en los acalorados debates y las crudas negociaciones que se desarrollaron entre agosto y diciembre de 1977, tiempo en que desarrolló su trabajo la Comisión de Asuntos Constitucionales. En numerosas entrevistas y documentales de la época podemos encontrar a personales como Santiago Carrillo (PCE) o Alfonso Guerra (PSOE) reconociendo que muchas negociaciones de esos debates fueron cerradas en barras de bar y en torno a tazas de café: recordemos que ellos también son españoles.

El deseo de alcanzar acuerdos consensuados, de tratar de satisfacer todas las sensibilidades políticas del momento, prolongaba los debates hasta las madrugadas y los extendía fuera de los despachos, de las salas de reunión y del propio hemiciclo. Ese mismo deseo hizo que algunos puntos del texto constitucional sean bastante ambiguos y que, años después, veamos que no terminan de satisfacer ni a los partidarios de una determinada posición ni a los de la contraria. Un claro ejemplo lo encontramos en la estructura de nuestro país, que es casi federal en la actualidad, pese a la expresa prohibición en tal sentido del artículo 145 CE: el deseo de mayor nivel de autogobierno de ciertos partidos hace que algunos territorios clamen por el aumento de sus competencias frente al Estado, que ve su propia esfera de influencia reducida mientras surgen otros partidos que defienden la reducción de las administraciones autonómicas y locales, que han ido creciendo paulatinamente hasta tener un esquema de “minipaíses”. La ambigüedad con que la Constitución trató el asunto ha favorecido esta tensión entre posiciones contrarias.

El texto final fue aprobado por las Cortes el 31 de octubre de 1978. Tras los debates parlamentarios llegó el turno de las urnas: el 6 de diciembre de 1978 votaron los españoles a favor de la Constitución que tenemos. El texto final fue presentado al Rey Juan Carlos I para promulgación y sanción (véanse los artículos 62 y 91 CE), lo que se hizo el 27 de diciembre de 1978, siendo publicada en el BOE el 29 de diciembre de 1978, misma fecha en que entró en vigor.

De todas esas fechas se escogió el 6 de diciembre para celebrar el Día de la Constitución porque fue entonces cuando los españoles la votaron favorablemente. Esa es la fecha en que el pueblo español, el auténtico soberano, aceptó la Constitución Española.

Resumiendo, en éste Preámbulo de la Constitución española vemos el alma de la Carta Magna

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