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Artículo 93 de la Constitución Española de 1.978

Mediante la ley orgánica se podrá autorizar la celebración de tratados por los que se atribuya a una organización o institución internacional el ejercicio de competencias derivadas de la Constitución. Corresponde a las Cortes Generales o al Gobierno, según los casos, la garantía del cumplimiento de estos tratados y de las resoluciones emanadas de los organismos internacionales o supranacionales titulares de la cesión.

Explicación del artículo 93 de la CE

El Artículo 93 de la Constitución Española de 1978 trata sobre la capacidad del Estado para ceder parte de sus competencias a organizaciones internacionales. Es importante mencionar que la cesión de competencias no implica que el Estado renuncie a su soberanía.

Lo que establece este artículo es que el Estado, a través de sus instituciones, considerará y evaluará la posibilidad de unirse a organizaciones internacionales que puedan tomar decisiones que afecten a España y a sus ciudadanos en determinadas materias. Esto se hace con el objetivo de poder colaborar de manera más eficiente con otros países y de afrontar, de manera conjunta, problemas que afectan a varias naciones, como pueden ser cuestiones medioambientales, económicas, de seguridad, entre otras.

Asimismo, es importante señalar que el artículo menciona dos condiciones fundamentales para que se pueda llevar a cabo dicha cesión de competencias. La primera es que la organización internacional sea competente en el área o función correspondiente. Esto significa que la organización en cuestión debe estar especializada y tener experiencia en la materia.

La segunda condición es que esta cesión de competencias y la participación en la organización internacional sea autorizada mediante una ley orgánica, es decir, una norma de mayor rango y con mayor consenso en su elaboración y aprobación. Esto garantiza que la decisión se tome de forma consensuada y considerando las implicaciones que pueda tener para la soberanía y el bienestar de España y sus ciudadanos.

En resumen, el Artículo 93 de la Constitución Española permite al Estado ceder parte de sus competencias a organizaciones internacionales para enfrentar problemas globales de manera cooperativa y eficiente, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones y se apruebe mediante una ley orgánica.


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