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Preguntas del Test 14. Título Tercero de la Constitución Española para preparar oposiciones
1.
¿Dónde se regula el procedimiento para la elección de los Presidentes de las Cámaras?
En la Constitución.
Todas las otras respuestas son falsas.
En ley orgánica emanada de las Cortes Generales.
En sus respectivos Reglamentos.
2.
El criterio que se sigue para atribuir los escaños de las Cortes a cada provincia, una vez garantizado un mínimo inicial, es el de:
Facilitar la gobernabilidad.
Territorialidad.
Proporcionalidad.
La población.
3.
La iniciativa legislativa de las Asambleas de las Comunidades Autónomas:
La Asamblea Legislativa podrá delegar ante el Congreso un máximo de cinco miembros para su defensa.
Exige la presentación de no menos de 50.000 firmas acreditadas.
Podrá ser ejercida a través del Gobierno, al que se solicitará la adopción de una proposición de Ley.
Podrá ser ejercitada mediante la remisión a la Mesa del Congreso de una proposición de ley.
4.
Como regla general, los acuerdos de las Cámaras deben adoptarse por el siguiente quórum:
Mayoría de los miembros presentes.
Mayoría absoluta del número legal de miembros.
Mayoría absoluta del número de hecho.
Mayoría de los votos emitidos personalmente o por representación.
5.
La Diputación Permanente del Congreso representa proporcionalmente:
A los diputados.
A los partidos políticos.
A los grupos parlamentarios.
Al pueblo español.
6.
A Gran Canaria, Mallorca y Tenerife le corresponderán:
Un Senador a cada una.
Tres Senadores a cada una.
Tres, dos y un Senador, respectivamente.
Uno, dos y tres Senadores, respectivamente.
7.
El Congreso, según la Constitución, se compone de:
Trescientos Diputados.
Trescientos cincuenta Diputados.
Entre trescientos y cuatrocientos Diputados.
Cuatrocientos Diputados.
8.
¿Cuál es el número máximo de miembros que componen la Diputación Permanente del Congreso?
20.
21.
24.
Ninguna es cierta.
9.
Las leyes de bases no podrán en ningún caso:
Autorizar la modificación de la normativa vigente objeto de la delegación.
Facultar para dictar normas con carácter irretroactivo.
Autorizar la supresión de figuras legales o cargos públicos existentes.
Autorizar la modificación de la propia ley de bases.
10.
Con respecto a los miembros de las Cortes:
Podrá haber quien lo sea simultáneamente de ambas Cámaras.
Se podrá acumular el acta de miembro de una Asamblea de Comunidad Autónoma con la de Diputado del Congreso.
Se podrá acumular el acta de miembro de una Asamblea de Comunidad Autónoma con la de Senador.
No es posible la acumulación de actas en ningún supuesto.
11.
El Reglamento de las Cortes Generales será aprobado:
Por mayoría absoluta de ambas Cámaras.
Por mayoría absoluta de cada Cámara.
Por mayoría de dos tercios de cada Cámara.
Por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.
12.
Las peticiones que reciban las Cámaras:
Deberán ser remitidas siempre al Gobierno.
Serán tramitadas y explicadas por la Comisión correspondiente de la Cámara que la haya recibido.
Nunca serán remitidas al Gobierno.
Su contenido deberá ser explicado por el Gobierno siempre que las Cámaras lo exijan.
13.
En cada Cámara habrá una Diputación Permanente:
Por cada circunscripción electoral.
Compuesta por un mínimo de veinticinco miembros.
Sus miembros representarán a los Grupos Parlamentarios.
La representación será en proporción a la importancia numérica de los Partidos y Coaliciones integrantes de la Cámara.
14.
La delegación legislativa se efectuará:
Mediante una ley ordinaria, en cualquier caso.
Mediante una ley de bases cuando se trate de refundir varios textos legales en uno solo.
Mediante una ley de bases cuando su objeto sea la formación de un texto articulado.
Mediante una ley de bases, en cualquier caso.
15.
Una de las siguientes actuaciones no puede ser ejercitada por la Diputación Permanente:
Autorizar la declaración del Estado de Excepción cuando hubiere expirado el mandato de las Cámaras.
Velar por los poderes de las Cámaras cuando éstas estén reunidas.
Debatir y aprobar un Decreto Ley cuando las Cámaras estuvieren disueltas.
Solicitar que las Cámaras se reúnan en sesión extraordinaria.
16.
En los proyectos declarados urgentes por el Gobierno o por el Congreso de los Diputados, el plazo con el que cuenta el Senado para vetar o enmendar se reduce a:
Treinta días hábiles.
Veinte días naturales.
Quince días hábiles.
Diez días naturales.
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