El Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno. Una ley orgánica regulará su composición y competencia.
El Artículo 107 de la Constitución establece la existencia de un importante órgano de asesoramiento, conocido como Consejo de Estado. Este es el máximo órgano consultivo del Gobierno, que se encarga de asesorar en decisiones estratégicas y de gran importancia para el país, tanto desde el punto de vista legal como político.
El Consejo de Estado tiene una función clave en el proceso de toma de decisiones en el Gobierno, proporcionando una opinión de expertos fuera del ámbito del partido gobernante. Su opinión se considera muy valiosa y puede ser determinante en muchas ocasiones.
Para garantizar que el Consejo de Estado cumpla adecuadamente su función, la Constitución señala la necesidad de tener una ley orgánica que regule tanto su composición como sus competencias. La ley debe establecer una estructura clara para la membrecía del Consejo de Estado, así como una descripción precisa de las actividades y responsabilidades que debe llevar a cabo.
Esta ley orgánica garantiza la transparencia y claridad con respecto al papel del Consejo de Estado dentro del sistema político español. Esto asegura que funciona adecuadamente y está sujeto a los controles institucionales necesarios para mantener la integridad y eficacia del Estado.