1. Los poderes públicos atenderán a la modernización y desarrollo de todos los sectores económicos y, en particular, de la agricultura, de la ganadería, de la pesca y de la artesanía, a fin de equiparar el nivel de vida de todos los españoles.
2. Con el mismo fin, se dispensará un tratamiento especial a las zonas de montaña.
El Artículo 130 de la Constitución Española hace referencia a la obligación de los poderes públicos de modernizar y desarrollar todos los sectores económicos en el territorio español.
Más específicamente, se mencionan la agricultura, la ganadería, la pesca y la artesanía como sectores que requieren atención para equiparar el nivel de vida de todos los españoles. Esto quiere decir que el gobierno debe prestar especial atención a estos sectores para mejorar la economía y el bienestar de la población.
Además, el artículo establece la necesidad de dispensar un tratamiento especial a las zonas de montaña en el mismo sentido. Estas zonas, por su ubicación y características geográficas, pueden presentar mayores dificultades para el desarrollo económico, y el artículo reconoce esta realidad.
Por lo tanto, el gobierno debe prestar especial atención a estas zonas para garantizar su desarrollo económico y el bienestar de sus habitantes.
En resumen, el artículo 130 se refiere a la obligación de los poderes públicos de promover y modernizar todos los sectores económicos, con especial atención a la agricultura, ganadería, pesca y artesanía, y a las zonas de montaña.
Todo esto con el objetivo último de equiparar el nivel de vida de todos los españoles y garantizar el bienestar económico del país.