Todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a tortura ni a penas o tratos inhumanos o degradantes. Queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.
El artículo 15 de la Constitución Española de 1978 establece los principios fundamentales sobre el derecho de las personas a la integridad física y moral y la prohibición de malos tratos y torturas. En términos sencillos, este artículo protege a los ciudadanos del sufrimiento físico y mental, garantizando que nadie será sometido a procedimientos crueles o inhumanos.
Este derecho engloba una serie de protecciones que incluyen la prohibición de castigos corporales irrazonables, la tortura y otros tratamientos degradantes que puedan infringir el respeto y la dignidad de las personas. Además, este artículo prohíbe la pena de muerte, salvo en los casos que pudieran establecerse en el futuro para determinados delitos especialmente graves en tiempos de guerra u otras situaciones específicas que la ley pueda establecer.
En resumen, el artículo 15 garantiza que las personas puedan vivir una vida libre de abusos y maltratos, buscando preservar el respeto hacia la dignidad humana y promoviendo un trato justo hacia todos los ciudadanos.