1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.
2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.
3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.
El Artículo 45 de la Constitución Española de 1.978 se centra en la protección del medio ambiente y la conservación de los recursos naturales. Establece la obligación del Estado y de los ciudadanos para velar por un entorno más limpio, saludable y sostenible para todos.
Este artículo aborda dos aspectos fundamentales del medio ambiente. Por un lado, se centra en garantizar un ambiente adecuado para el desarrollo de las personas y su calidad de vida. Es decir, el Estado debe asegurarse de que las condiciones del entorno donde las personas viven, trabajan y se relacionan sean óptimas para su bienestar y su crecimiento tanto físico como mental.
Por otro lado, esta disposición también hace énfasis en la necesidad de conservar los recursos naturales, tanto para las futuras generaciones como para el equilibrio y continuidad de la vida en nuestro planeta. Esto implica que el Estado debe tomar acciones para preservar la biodiversidad, controlar la contaminación y fomentar prácticas sostenibles en ámbitos como la agricultura, la pesca o la producción de energía.
En resumen, el Artículo 45 busca garantizar un entorno saludable y sostenible para las personas y el planeta, asegurando la conservación de los recursos naturales y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos, tanto presentes como futuros.