Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.
El artículo 46 de la Constitución Española de 1978 hace referencia a la protección del patrimonio histórico, cultural y artístico del país. Básicamente, establece la responsabilidad de todos, tanto de las instituciones públicas como de los ciudadanos, en salvaguardar y transmitir dicho patrimonio a las generaciones futuras.
Este artículo destaca la importancia de conservar y promover las riquezas culturales que forman parte de la herencia común de España. Por ello, se deben crear leyes y políticas públicas que garanticen dicho objetivo.
En resumen, el artículo 46 es una garantía para que la historia y la cultura española se preserven y se transmitan a las generaciones futuras, reconociendo y protegiendo el legado que éstas representan para la identidad y el desarrollo de la nación.