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Artículo 48 de la Constitución Española de 1.978

Los poderes públicos promoverán las condiciones para la participación libre y eficaz de la juventud en el desarrollo político, social, económico y cultural.

Explicación del artículo 48 de la CE

El Artículo 48 de la Constitución Española de 1978 trata sobre el apoyo y estímulo que deben recibir los jóvenes para poder desarrollarse plenamente. Se enfoca en dos ámbitos principales: la participación en el desarrollo político, social, económico y cultural, así como el acceso al empleo.

En cuanto al primer aspecto, la participación en el desarrollo del país, los poderes públicos tienen el deber de fomentar y promover las condiciones que permitan a los jóvenes participar activamente en los diversos ámbitos de la vida. Esto significa que deben asegurarse de que ellos puedan expresar sus opiniones, ser escuchados y tomar parte en la toma de decisiones que afecten a su vida y a su entorno.

En resumen, el Artículo 48 de la Constitución Española destaca la importancia de garantizar el bienestar y la participación activa de los jóvenes en la sociedad, a través de acciones y políticas en el ámbito laboral y en su participación en la vida civil. De esta manera, se pretende asegurar un futuro próspero y enriquecedor tanto para ellos como para el conjunto del país.


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