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Artículo 35 de la Constitución Española de 1.978

1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.

2. La ley regulará un estatuto de los trabajadores.

Explicación del artículo 35 de la CE

El Artículo 35 de la Constitución Española de 1978 hace referencia al derecho al trabajo y a la protección en situaciones que puedan atentar contra este derecho.

En primer lugar, establece que todos los ciudadanos tienen el derecho y el deber de trabajar para contribuir al bienestar común y a satisfacer sus propias necesidades y las de sus familias. En otras palabras, las personas tienen el derecho de buscar y mantener un empleo digno y las autoridades deben garantizar las condiciones adecuadas para que esto sea posible.

Además, el artículo también menciona que la ley debe proteger a los trabajadores. Con esto, se busca asegurar condiciones laborales justas y equitativas, incluyendo la remuneración adecuada, la no discriminación y el respeto a los derechos fundamentales del trabajador. También, es necesario promover el acceso al empleo y evitar situaciones de desempleo involuntario.

Por último, el artículo señala que los poderes públicos deberán velar para garantizar la seguridad y la higiene en el trabajo, asegurando así ambientes laborales saludables y seguros en beneficio de los trabajadores.

En resumen, el Artículo 35 pone de manifiesto la importancia del trabajo en la vida de las personas y del país, así como la obligación de las autoridades de garantizar condiciones justas y equitativas en el ámbito laboral para asegurar el bienestar y la dignidad de los trabajadores.


Articulos de la Constitución Española: Explicación del artículo 35.

Debemos hablar ahora del trabajo en España, que se configura en el artículo 35 a la vez como un derecho y deber al que se unen medidas de protección como la “remuneración suficiente” y la prohibición de discriminación por sexo: lo que nos hace pensar en cómo tendrían que estar las cosas antes de la Constitución para que se mencionara de nuevo algo que ya se garantiza con el propio artículo 14 de la Constitución.

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